La cotización de los becarios antiguos: en qué consiste y cómo beneficia
A partir del 2 de agosto de 2024, los becarios que hayan realizado prácticas formativas no remuneradas podrán rescatar hasta cinco años de cotización en la Seguridad Social. Esta modificación se publicó en el BOE y ha supuesto un avance muy importante en la cobertura de los derechos sociales de muchos jóvenes. En el artículo de hoy veremos quién puede suscribir un convenio con la Seguridad Social, cuáles son los requisitos necesarios para que los becarios antiguos puedan cotizar y qué efectos tienen los reconocimientos de esta solicitud.
¿Qué becarios pueden suscribir un convenio con la Seguridad Social?
Antes de todo, hay que tener en cuenta que esta nueva normativa incluye los becarios antiguos que realizaron unas prácticas no remuneradas desde el 2011 en España, aunque se permite que aquellos que hayan realizado unas prácticas antes de este año puedan suscribir un convenio con la Seguridad Social para que este periodo le cuente como tiempo cotizado.
La categorización incluye los becarios antiguos que hayan realizado prácticas formativas de los siguientes tipos:
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prácticas universitarias realizadas para obtener un título oficial o propio;
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prácticas para una formación profesional que no hayan tenido carácter laboral;
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prácticas realizadas por el alumnado de enseñanzas artísticas superior, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo;
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estudiantes que hayan participado a programas de investigación, tanto en España como en el extranjero.
Los únicos que no podrán cotizar las prácticas formativas serán los pensionistas de jubilación o quien tenga incapacidad permanente.
¿En qué consiste el proceso para cotizar las prácticas?
El proceso para que los becarios antiguos puedan rescatar este periodo de prácticas formativas es relativamente sencillo, aunque tendrán que cumplir con unos requisitos. En primer lugar, tendrán que presentar un certificado emitido por la entidad en la cual se realizaron las prácticas que acredite: lugar, periodo exacto de las prácticas y naturaleza formativa.
Una vez acreditado el período de prácticas, el becario antiguo debe formalizar un convenio especial con la Seguridad Social. Este convenio permite cotizar los días o meses de formación no remunerada, abonando las cuotas correspondientes, para que estos periodos se reconozcan a efectos de jubilación u otras prácticas.
Es importante destacar que los periodos a cotizar no pueden exceder de un determinado número de meses, de hecho, lo permitido es hasta 5 años. Este límite tiene como fin garantizar que no se cotice por periodos de tiempo excesivamente largos en los que el becario no participaba en un régimen de formación estructurado.
¿Cómo repercute esta nueva normativa en la vida laboral?
El reconocimiento de la cotización de los becarios antiguos tiene una serie de efectos positivos que impactan directamente en la vida laboral y en los derechos futuros de estas personas. En primer lugar, los becarios antiguos pueden sumar a su vida laboral periodos que estaban excluidos de su cotización. Al sumar más tiempo de cotización, podrán ver incrementada la pensión de jubilación futura. En muchos casos, el reconocimiento de estos periodos de prácticas puede marcar la diferencia entre acceder a una pensión contributiva o no, o incluso aumentar el importe de la misma.
Además, el hecho de cotizar la formación práctica no remunerada puede tener efecto en otras prestaciones, con el subsidio de desempleo o la pensión por incapacidad. Por último, el hecho de regularizar la cotización de estos periodos también otorga una mayor seguridad jurídica a los becarios antiguos, que ven reconocida de manera oficial su participación en prácticas formativas.
En definitiva, gracias a este nuevo convenio con la Seguridad Social, los antiguos becarios pueden regularizar su situación, mejorar su jubilación y acceder a otras prestaciones. Sin duda, se trata de un paso importante hacia la protección integral de los trabajadores desde los inicios de su formación profesional.